Omar Edrei Encarnación Díaz
El lavado de dinero (LD) no es una actividad
problemática reciente, ni propia del narcotráfico y terrorismo, dicha actividad
es tan antigua como la banca; sin embargo, este tema ha tomado mayor relevancia
por dos cuestiones, primeramente, debido al aumento de la globalización de los
mercados financieros y en segundo lugar debido al aumento del tráfico de drogas,
terrorismo y otras actividades ilícitas. Dicho lo anterior, es dable considerar
que el lavado de dinero se ha convertido en un problema que contraviene el
orden social, económico y jurídicode los Estados, lo cual ha desencadenadoen desorden y descomposición social.
En ese contexto, México, para hacer frente a la
problemática, y como integrante del Grupo de Acción Financiera sobre el
Blanqueo de Capitales (GAFI), ha implementado una serie de medidas consistente
en la creación de la Unidad de Inteligencia
Financiera, o denominada por sus siglas
(UIF),seguido de una serie de modificaciones en el ámbito jurídico,
tales como la creación de la Ley Federal
para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia
Ilícita publicada en el DOF el 17 de octubre de 2012;así como modificaciones a
diversos artículos del Código Penal Federal
como el 400 y 400 bis referente al lavado de dinero ,el art. 139,139 bis relacionado con el
terrorismo , art. 139 Quater , 139 Quinquies
por lo que respecta al financiamiento al terrorismo , Art. 148 Bis, 148
Ter. y 148 Quater referente al
terrorismo internacional; de ahí que podemos decir, que México seencuentra en un proceso de actualización y armonización de sus
normas jurídicas a los estándares internacionales. Bajo ese sentido, de acuerdo
al Grupo Egmont (organismo que agrupa las a las UIF en el mundo) la UIF es una
agencia central nacional responsable de recibir, analizar y difundir a las
autoridades competentes, las divulgaciones de información financiera”, dicha
información corresponde a actividades sospechosas, presumiblemente delictuosas
relacionadas con el lavado de dinero, narcotráfico y financiamiento al
terrorismo.
En México la Unidad de Inteligencia Financiera
(UIF) secrea mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación
el 7 de mayo de 2004 cumpliendo con el estándar internacional establecido por
el Grupo Egmont.
De las 120 UIF que pertenecen al grupo existen
cuatro clasificaciones, siendo las siguientes:
· De tipo administrativa.
· De tipo judicial.
· De tipo hibrida.
La UIF de tipo administrativa se distingue por ser
parte de un órgano regulador financiero distinta de autoridades judiciales o policiales
así como fungir de enlace entre el sector financiero, otros sujetos obligados y
la autoridad. Esta clasificación corresponde al caso de México, pues la Unidad
de Inteligencia Financiera depende de la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público (SHCP)
De
las actividades para la cuales se le faculta a la Unidad de Inteligencia Financiera
Mexicana, se pueden resumir en tres
actividades principales:
(1) Recibir información de las operaciones financieras realizadas
por los sujetos obligados y cuyas actividades se catalogan como vulnerables; de
la información que recibe la UIF consiste en tres tipos de reportes, el de
operaciones relevantes, de operaciones inusuales y el reporte de operaciones
internas preocupantes. Seguido de esto, se (2)
analiza la información con el fin de encontrar indicios que pudieran
tipificarla actividad delictiva de lavado de dinero y financiamiento al
terrorismo para posteriormente concluir con la (3) diseminaciónde la información obtenida a las autoridades
competentes.
Lo
anterior ,con el objetivo de implementar y coadyuvar con las autoridades en el
seguimiento de mecanismos de prevención y detección de actos , omisiones y
operaciones que pudieran tipificar en los delitos de lavado de dinero,
terrorismo nacional, terrorismo internacional y financiamiento al terrorismo,
previstos en el código penal federal.
Bajo
este contexto es que podemos llegar a concluir que sin duda la creación de la
UIF en México representa y es una claro ejemplo de la integración financiera
deMéxico alos estándares internacionales, de los avances en la prevención y combate
del lavado de dinero y el esfuerzo por impedir la realización de este tipo de
actividades, castigar a los responsables y sustraer la mayor cantidad de
recursos en favor del Estado. No obstante consideramos que la modalidad de UIF
que ha adoptado México, aunado a los índices altos de corrupción y la
desconfianza en la instituciones públicas, crean un ambientes algo turbio que
pudiera llegar a atrasar la aplicación de sanciones punitivas correspondientes,
por lo que es necesaria una coordinación efectiva entre las autoridades
administrativas, policiales y
judiciales.
Colaborador: . L.C. /Universidad Veracruzana
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